Estas acciones apuntan a que los procesos de siembra, cosecha y poscosecha de los cultivos cumplan con los requerimientos necesarios para una producción sana, segura y amigable con el ambiente. Las mismas permitirán mitigar los peligros biológicos, físicos y químicos que pueden estar presentes en estos productos basándose en criterios de aseguramiento de la calidad higiénico-sanitaria.
En los últimos años, el consumo de alimentos da muestra de una tendencia creciente respecto a la exigencia de la inocuidad y de la calidad de los alimentos que se comercializan. En este rubro, se encuentran principalmente las frutas y hortalizas.
La horticultura argentina se caracteriza por su amplia distribución geográfica y por la diversidad de especies que produce. Se destacan por tener gran valor alimenticio por sus contenidos en vitaminas, minerales y fibras, por lo que constituyen una fuente nutritiva básica para una dieta diaria equilibrada.
La Resolución Conjunta 5/2018 estableció la incorporación al Código Alimentario Argentino (CAA) de las buenas prácticas frutihortícolas obligatorias. Esto implica que toda persona física o jurídica responsable de la producción de frutas y hortalizas deberá cumplir con las buenas prácticas agrícolas cuando se realicen actividades de producción primaria (cultivo-cosecha) y de almacenamiento hasta la comercialización dentro del establecimiento productivo –a excepción de aquellos registrados como empaques–.
Para que un productor de hortalizas pueda implementarlas siguiendo la normativa vigente, debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos obligatorios de higiene e inocuidad.
Documentación obligatoria/trazabilidad
Inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), que abarca a todas las actividades agrícola-ganaderas; identificación de los alimentos frutihortícolas producidos con etiqueta/ rótulo y traslado de los productos mediante el Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e).
Productos fitosanitarios
Cumplir con las recomendaciones y las restricciones de uso, indicadas en el marbete/etiqueta y registrar la aplicación realizada; solo utilizar productos fitosanitarios autorizados por el Senasa; almacenarlos en un depósito específico a fin de evitar la posibilidad de contaminación y realizar un manejo de envases según reglamentación legal vigente.
Agua
Se debe realizar un uso eficiente, seguro y racional del agua; además es recomendable realizar análisis fisicoquímicos y microbiológicos del agua utilizada, ya sea como potable o para uso agrícola.
Manipulación
En la manipulación de las hortalizas y frutas al momento de la cosecha, acondicionamiento y empaque en el predio, es fundamental cumplir con las pautas de higiene básicas, principalmente el lavado adecuado de las manos de todos los operarios (manipuladores) –con agua potable o tratada por alguno de los siguientes métodos: hervido, clarificación o cloración–.
Animales
Se deberá impedir el ingreso de animales a las áreas cultivadas y a las zonas de manipulación del producto cosechado, ya sean domésticos, de granja y otros animales de trabajo (que no estén cumpliendo actividades), a través prácticas que eviten su entrada, proliferación y acercamiento. En el caso de los animales de trabajo que se utilicen para otras tareas deberán estar sanos, vacunados y desparasitados.
Uso de fertilizantes orgánicos y enmiendas
Los fertilizantes orgánicos, enmiendas y sustratos adquiridos a terceros utilizados en las actividades de producción primaria contempladas, deben estar registrados en el Senasa.
Contar con la asistencia de un técnico/profesional
Se deberá contar con la asistencia de un técnico/profesional para asesorar en la implementación de las BPA, a través de personal capacitado en la temática de organismos nacionales, provinciales, municipales, universidades, escuelas agrotécnicas y otros programas relacionados. La capacitación de los mismos será obligatoria a través de un curso con certificación oficial y actualización periódica.
Asimismo, es importante tener en cuenta que las planillas y registros permiten ordenar toda esta información y contar con datos objetivos para una correcta toma de decisiones aportando elementos para la trazabilidad de los productos.
Por último, las BPA deben contemplar la sostenibilidad ambiental bajo el enfoque de «Una Salud», que procura equilibrar y optimizar de manera sostenible la salud de las personas, los animales, las plantas y moviliza a una multiplicidad de sectores, disciplinas y comunidades.
De esta manera, se contribuye a los objetivos de desarrollo sostenible relativos a sus competencias para promover un modelo basado en la equidad, la justicia social y el respeto por la diversidad biológica y cultural. En definitiva, estas acciones tienen como objetivo fundamental obtener hortalizas sanas e inocuas, cuidando la salud de los trabajadores, el ambiente y de la sociedad en su conjunto.
FUENTE www.todoagro.com.ar